Cambios impositivos del proyecto de Presupuesto 2026 de Córdoba
Una de las novedades que establece el proyecto de presupuesto de la pcia. De Córdoba para el 2026, es la rebaja en la alícuota de ingresos brutos para los pequeños comercios que pasa del 3,5% al 2,5%
Recordemos que la alícuota general para la actividad comercial es del 4,75% y para gozar de la alícuota reducida del 2,5% el requisito es tener ingresos totales en el año 2025 (gravados, exentos y no gravados) inferiores a $88.100.000.
De manera tal que las alícuotas de ingresos brutos tendrán el siguiente tratamiento:
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Si durante el año 2025 obtuvo ingresos (gravados, exentos y no gravados) inferiores a $88.100.000, los contribuyentes aplicarán alícuota reducida, que en el caso de la actividad comercial será del 2,5%.
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Si durante el año 2025 obtuvo ingresos (gravados, exentos y no gravados) superiores a $88.100.000 pero inferiores a $431.800.000, el contribuyente aplicará la alícuota general.
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Si durante el año 2025 obtuvo ingresos (gravados, exentos y no gravados) superiores a $431.800.000, el contribuyente aplicará la alícuota agravada.
Por otro lado, se establece que el impuesto mínimo a ingresar en el año 2026 tendrá un incremento del 29,73% respecto del ingresado en el año 2025 y su nuevo valor será de $230.400, lo que implica un impuesto mensual mínimo de $19.200.
Mientras que los monotributistas ingresarán el impuesto fijo del componente provincial, que resulte de la actualización por IPC nacional que tendrá la tabla en el próximo mes de Enero de 2026, teniendo en cuenta el IPC registrado de Julio a Diciembre de 2025.
Nuevo Régimen de promoción industrial
Se elimina la exención de la actividad industrial contenida en el art. 242 inc. 22) del Código Tributario Provincial, y se crea el Programa de ‘’Promoción para el desarrollo Industrial de la Provincia de Córdoba”, el que tiene por objeto promover, de manera prioritaria, el desarrollo, crecimiento y consolidación de la Industria en la Provincia, mediante la realización de inversiones productivas e innovaciones tecnológicas en el sector industrial
Beneficiarios: personas humanas y jurídicas radicadas en la provincia de Córdoba
Requisitos:
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a) El importe total de sus ingresos brutos atribuibles al Ejercicio Fiscal 2025, correspondientes a la totalidad de actividades desarrolladas -incluidas las que corresponderían a las exentas y/o no gravadas-, cualquiera sea la jurisdicción en que se lleven a cabo las mismas, no supere el importe de $3,200,000,000 (Tres mil doscientos millones de pesos).
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b) Realicen durante la anualidad 2026 inversiones en activos fijos relativos a las actividades industriales en los establecimientos industriales ubicados en la Provincia de Córdoba.
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c) El monto de la inversión del punto anterior sea igual o superior al uno coma veinte por ciento (1,20 %) de la Base Imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de las actividades industriales correspondiente a la provincia de Córdoba en el Ejercicio Fiscal 2025.
Beneficio: exención en ingresos brutos por los periodos fiscales 2026 y 2027, salvo de las operaciones con consumidores finales.