¿Cuáles son los productos con retenciones cero hasta el 31 de octubre?

El Gobierno nacional anunció la baja temporaria a cero de las retenciones agropecuarias. Será hasta el 31 de octubre, post elecciones nacionales.
A continuación, señalamos el listado de productos que tendrán retenciones cero. Responden a las posiciones arancelarias descriptas en el decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial.
Cereales
• Trigo duro, para siembra
• Trigo duro, excepto para siembra
• Los demás trigos, para siembra
• Los demás trigos, excepto para siembra
• Cebada cervecera, sin tostar
• Cebada cervecera, tostada
• Las demás cebadas
• Maíz para siembra
• Maíz duro (excluido el destinado a siembra)
• Los demás maíces
• Sorgo (excepto para siembra)
Productos de Molienda
• Harina de trigo
• Harina de maíz
• Harinas de cereales, excepto de trigo o de maíz
• Sémola y semolinas de trigo duro
• Sémola y semolinas de maíz
• Las demás sémolas y semolinas de cereales
• Granos aplastados o en copos de maíz
• Germen de cereales, entero, aplastado, molido o en copos
• Malta sin tostar, en grano
• Malta sin tostar, en harina
• Malta tostada, en grano
• Malta tostada, en harina
• Fécula de trigo
• Fécula de maíz
• Gluten de trigo
Semillas y frutos oleaginosos
• Habas de soja, para siembra
• Habas de soja, excepto para siembra
• Semillas de girasol, excepto para siembra
• Harina de soja
Grasas y aceites
• Aceite de soja en bruto, incluso desgomado
• Aceite de soja refinado, en envases ≤ 5 l
• Aceite de soja refinado, en otros envases
• Los demás aceites de soja refinados
• Aceite de girasol en bruto, incluso desgomado
• Aceite de girasol refinado, en envases ≤ 5 l
• Aceite de girasol refinado, en otros envases
• Aceite de maíz en bruto
• Aceite de maíz refinado, en envases ≤ 5 l
• Aceite de maíz refinado, en otros envases
• Grasas y aceites vegetales hidrogenados
• Grasas y aceites animales hidrogenados
• Grasas y aceites vegetales epoxidizados o modificados
• Margarina (excluida la margarina líquida)
• Grasas y aceites vegetales para untar
• Las demás preparaciones de grasas y aceites comestibles
• Aceites y grasas vegetales para uso industrial (excl. alimenticio)
• Otros aceites y grasas vegetales, usos varios
• Glicerina en bruto
• Glicerina, incluso purificada
Azúcares
• Glucosa, en polvo, con contenido de fructosa < 50 %, en envases ≤ 1 kg
• Glucosa, en polvo, en otros envases
• Glucosa, en solución
• Glucosa y jarabes de glucosa, con fructosa ≥ 20 % pero < 50 %, en envases ≤ 1 kg
• Los mismos jarabes, en otros envases
• Fructosa química pura
• Jarabe de fructosa con contenido de fructosa > 50 % pero < 90 %
• Jarabe de fructosa con contenido de fructosa ≥ 90 %
• Los demás azúcares, jarabes y sucedáneos de la miel.
• Alimentos a base de harinas, sémolas, almidones o féculas, destinados a la alimentación de lactantes o niños.
• Preparaciones alimenticias diversas
• Concentrados de proteínas y sustancias proteicas texturadas.
• Residuos de la industria alimentaria / alimentos para animales
• Salvados, moyuelos y residuos de la molienda de maíz.
• Salvados, moyuelos y residuos de la molienda de trigo, en pellets.
• Idem trigo, de otra forma.
• Salvados, moyuelos y residuos de la molienda de leguminosas.
• Residuos de la elaboración del almidón y residuos similares de maíz.
• Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja, en pellets.
• Idem soja, de otra forma.
• Tortas y residuos de la extracción del aceite de girasol, en pellets.
• Idem girasol, de otra forma.
• Tortas y residuos de la extracción de aceites vegetales (excepto soja y girasol), en pellets.
• Idem otros aceites vegetales, de otra forma.
• Materias vegetales y desechos vegetales para alimentación animal.
• Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor.
• Preparaciones para la alimentación animal, con base en harina de pescado.
• Idem, con base en leche.
• Idem, con base en cereales.
• Idem, con base en oleaginosas.
• Idem, con base en subproductos de la industria azucarera.
• Idem, con base en otras materias vegetales.
• Las demás preparaciones para alimentación animal.
• Productos químicos orgánicos
• Sorbitol (excepto el de la partida 2905.44).
• Lecitinas y sus derivados.
• Materias albuminoideas, enzimas
• Gluten de maíz.
• Productos diversos de las industrias químicas
• Biodiésel y sus mezclas, que no contengan o contengan menos del 70 % en peso de aceites de petróleo o de mineral bituminoso.