Ya se puede adherir a la moratoria para monotributistas

La herramienta estará habilitada hasta el 30 de septiembre. Es para obligaciones vencidas hasta junio de 2021.

Ya se puede adherir a la moratoria para monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la adhesión a la moratoria para monotributistas. La herramienta, prevista en la ley 27639 de alivio fiscal para pequeños contribuyentes, permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%.

El servicio web para adherir a la moratoria para monotributistas estará disponible hasta el 30 de septiembre.

Los contribuyentes podrán ingresar a los planes de pago obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021. Para poder adherir a la moratoria los contribuyentes deberán tener declarados ante la AFIP el domicilio fiscal electrónico y la CBU de la cuenta bancaria de la que debitará cada una de las cuotas.

La cantidad máxima de cuotas y la tasa de interés de financiación dependerá de la categoría en la que se encuentren las y los monotributistas de acuerdo a la siguiente tabla:

Condición al momento de adhesión: Categorías A a D
Cantidad máxima de cuotas: 60
Tasa efectiva mensual: 1,25%


Condición al momento de adhesión: Categorías E a K. No inscriptos en el Monotributo
Cantidad máxima de cuotas: 48
Tasa efectiva mensual: 1,50%

Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le sumarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento. El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 100 pesos.

La fecha que se tendrá en cuenta para calcular la consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesión. Las cuotas vencerán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de consolidación.


 Pasos para adherir a la moratoria
1) Ingresar con clave fiscal al portal Monotributo

2) Seleccionar en "Estado de Cuenta” la opción "Mis Facilidades”

3) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar la obligación adeudada a regularizar.

4) Elegir el plan correspondiente a la Resolución General 5034.

5) Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar.

6) Consolidar la deuda y seleccionar la forma de pago, que podrá ser:

- Plan de Facilidades de Pago: deberá elegir la cantidad de cuotas y enviar la solicitud de adhesión.

- Pago al contado: se generará un VEP que tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación

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