AFIP: nuevo plan de facilidades de pago para Mipymes

 La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha un plan de alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas para cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2023. La iniciativa, que contempla una tasa de interés máxima del 5,91% mensual, incluye este beneficio también para monotributistas.


 La AFIP instrumentó este régimen mediante la Resolución General 5361/2023, publicada en el Boletín Oficial. El plan se puede cancelar hasta en 84 cuotas, de acuerdo al tamaño de la firma y del tipo de obligación que debe regularizar (previsional, impositiva o aduanera), con una tasa máxima del 5,91% mensual. En todos los casos, no será necesario realizar un pago a cuenta.


 La adhesión podrá realizarse hasta el 29 de septiembre de este año inclusive y la cantidad máxima de cuotas de los planes de facilidades de pago se determinará según el tipo de contribuyente al momento de la consolidación de los mismos y del tipo de plan.

Por caso, para “pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas” será de 84 cuotas por deuda general o aduanera, 36 para aportes de la seguridad social y 12 por retenciones y percepciones impositivas; para “medianas empresas - tramo 1”: 48 cuotas por deuda general o aduanera, 24 para aportes de la seguridad social y 6 por retenciones y percepciones impositivas; y para “medianas empresas - tramo 2”: 36 cuotas por deuda general o aduanera, 18 para aportes de la seguridad social y 3 por retenciones y percepciones impositivas.


 Según la información remitida por el fisco, esta medida beneficiará a más de 650.000 contribuyentes. El monto de deuda a regularizar asciende a 456.000 millones de pesos y corresponde, sobre todo, a IVA, Ganancias, y aportes y contribuciones a la Seguridad Social, entre otros tributos. El plan abarca la deuda de capital, intereses, multas y deudas que se encuentren en discusión tanto en vía administrativa como judicial.


 Sobre el tema opinó la contadora Paula Escamilla: “Este nuevo plan de pagos para obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social viene a solucionar un gran inconveniente que hoy por hoy están teniendo los contribuyentes. Lo considero una muy buena oportunidad para quienes, por diferentes situaciones, han generado deudas en AFIP (ya sea por fiscalizaciones recientes, atrasos por la situación misma del país, la falta de planes permanentes con mayor cantidad de cuotas y menos exigencias, etcétera)”.


 “Era algo que estábamos esperando desde hace unos meses. El plan tiene características interesantes: amplio plazo para acogerse al mismo, gran cantidad de cuotas y accesible tasa de interés. Lo que tiene de negativo por decirlo de alguna manera, es que no se pueden refinanciar planes vigentes”.


 Y agregó al respecto: “En lo que respecta al alivio para la moratoria de la tasa badlar, es interesantísimo poder contar con un respiro al aumento que han sufrido los planes incorporados en la última moratoria”. En el marco de la pandemia por Covid-19, se aprobó la Ley 27.653 que amplió la moratoria establecida en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva (27.541). A partir de abril de 2023 se aplica la tasa Badlar para bancos privados, que se encuentra en el orden de un 70% anual. Es por esta razón que los planes de pago a partir de ese mes tienen aumentos sustanciales, afectando principalmente a MiPyMEs.

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