Seguros: libre elección para planes ahorro previo y créditos prendarios

Mediante la Resolución 24/2023 (Marco regulatorio de acción de agentes institorios y/o productores asesores de seguros en la financiación otorgada por préstamos y planes de capitalización y ahorro), la SSN ha regulado la contratación de seguros para bienes adquiridos mediante créditos prendarios y planes de ahorro, garantizando la libertad de contratación del canal de comercialización de seguros en dichas circunstancias.

Durante el año 2022 FAPASA  (Federación de Asociaciones de Productores Asesores  de Seguros de Argentina)realizó varias presentaciones ante IGJ y SSN poniendo de manifiesto la injusticia que representa el hecho de que los seguros vinculados a créditos prendarios y planes de ahorro previo sean canalizados en forma coercitiva por las instituciones financieras y de planes, impidiendo que los Prodcutores Asesores de Seguros (PAS)  puedan ofrecer su asesoramiento a los asegurados que deben contratar una cobertura para amparar los bienes objeto de prendas.

Se ha constatado , según informa FAPASA, que los premios de dichas coberturas son superiores a los que se podrían obtener si el mismo seguro se hubiera canalizado a través de un Productor Asesor de Seguros.

Asimismo, los denunciantes han dejado de manifiesto no haber recibido el debido asesoramiento. Nadie les ha explicado los alcances de la cobertura, ni las exclusiones. Y la desprotección que sufren al momento del siniestro es manifiesta.

La medida de la SSN es clara en el sentido de establecer que se debe ofrecer al cliente/asegurado todas las opciones de Compañías Aseguradoras habilitadas y a partir de esta reglamentación también podrá optar por el canal de comercialización, es decir su PAS de confianza.

Así como es obligatorio ofrecer un menú de opciones de coberturas y aseguradoras, ahora también se debe garantizar que el asegurado pueda elegir con libertad quien lo asesorará en la contratación del seguro: PAS, sociedades de PAS, Agentes Institorios o en directo con el asegurador. Así, el asegurado puede elegir el canal comercial con el que se sienta más respaldado.

Los perjuicios para los asegurados de este tipo de prácticas desleales se han puesto de manifiesto en las denuncias que FAPASA recibe en la web www.denuncias.com.ar.

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