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ARCA: uno por uno los cambios en los regímenes de información

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) decidió eliminar diversos regímenes de información a partir de los anuncios realizados por el Ministerio de Economía.

Mediante las Resoluciones General 5697/2025 y 5698/2025, se derogaron los siguientes regímenes de información:

•    El CITI Escribanos (Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes), un sistema de información implementado por la ex (AFIP), a través del cual los escribanos debían reportar mensualmente determinadas operaciones notariales (a partir de $10 M). Desde ahora, los escribanos ya no deberán reportar ninguna operación a ARCA.

•    El régimen informativo de compra-venta de vehículos usados (rodados). Desde ahora, los concesionarios no deberán reportar ninguna operación a ARCA.

•    El régimen informativo de pago de expensas (hoy informaba a partir de 32 mil pesos). A partir de ahora, las administradoras de consorcios no deberán reportar más el pago de expensas a ARCA.

•    Código Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI). A partir de ahora, el vendedor de una propiedad o el agente inmobiliario no deberá reportar más a ARCA cuando ponga la propiedad a la venta.

•    El régimen de consumos relevantes de electricidad, agua, gas y telefonía. A partir de ahora, los proveedores de servicios públicos y telefonía no deberán reportar más a ARCA dichos consumos.

Nuevos montos para informar del sector financiero
 ARCA adecuó además los regímenes de información que deben cumplir las entidades financieras y billeteras virtuales respecto a las operaciones de sus clientes.

Mediante la Resolución General 5699/2025, se eliminó la obligación de informar consumos con tarjetas y se elevaron los montos mínimos a partir de los cuales se deben informar las operaciones de los clientes:

•    Régimen informativo para compras con tarjeta de débito, crédito y billeteras virtuales para consumos personales. Hasta hoy las administradoras de tarjetas de crédito le informan a ARCA todas las compras que hace una persona usando ese medio de pago. Desde ahora no se van a informar más, por lo que el monto de los consumos personales va a estar resguardado como toda información privada.



 Los montos serán actualizados cada 6 meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) y lo publicará en los meses de junio y diciembre de cada año en el sitio “web” institucional. El nuevo valor resultará de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos ocurran a partir del 1 de agosto y del 1 de febrero de cada año, según corresponda.

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